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Foto del escritorRedacción Cabildo Rocha 1811

Programa CA sobre Familia y en Primera Infancia

Fuente: Programa de Gobierno de CA



1.  Estabilidad familiar

1.1.  Reconocimiento constitucional: Reafirmamos lo establecido en los artículos 40 y 41 de la Constitución respecto a la familia como base de la sociedad, así como el deber y derecho de los padres a la educación de sus hijos. Revisar y evaluar leyes que puedan ser contrarias a la letra y al espíritu de la Constitución, y que afecten negativamente a la familia, la natalidad y la dignidad de las personas.


1.2.  Campañas de sensibilización: Realizar campañas de sensibilización social sobre la importancia del matrimonio, la familia, la maternidad y la paternidad, la natalidad, el embarazo, la conciliación entre trabajo y familia, cooperación e igualdad entre hombres y mujeres, familias con miembros con discapacidad y cuidado intergeneracional.


1.3.  Protección jurídica: Fortalecer la protección jurídica de la familia, especialmente de las familias con hijos, de las que cuentan con responsabilidades familiares en el cuidado de ascendientes, descendientes, así como personas dependientes.


1.4.  Maternidad y paternidad: Propiciar políticas interinstitucionales para acompañar la maternidad-paternidad. En procura de asegurar el acceso a sus necesidades de cuidados, alimentación, vivienda, atención en salud y la inclusión educativa y/o laborales.


1.5.  Familias rurales: Atender especialmente las necesidades de la familia rural, para lograr que permanezcan en el campo. Para ello se buscará potenciar políticas de desarrollo y oportunidades en ese entorno, sobre todo aquellas dirigidas a los adolescentes y los jóvenes.


1.6.  Tenencia compartida: Reafirmar el principio de corresponsabilidad de la crianza y los derechos y obligaciones de ambos padres. En línea con la ley impulsada por Cabildo Abierto destacar que el juez resolverá atendiendo a las circunstancias de cada caso, considerando el interés superior del niño o adolescente, teniendo presente el principio de corresponsabilidad en la crianza.


2.  Apertura a la vida

2.1.  Padrinazgo: Crear la figura del padrinazgo, para que toda persona jurídica que destine dinero para el mantenimiento económico o educacional de un hijo de familia sin alterar su radicación, sea beneficiada con el descuento del valor equivalente en el pago del IRPF.


2.2.  Comisión interinstitucional para la natalidad: Generar una comisión interinstitucional de prevención del descenso de la natalidad. Que esté integrada por el MSP, MIDES, MEF, OPP, MVOT y el MEC. Que tenga dentro de sus objetivos asesorar sobre los datos nacionales de descenso y tendencia de la natalidad y sus riesgos; visibilizar el descenso de la natalidad como un problema país; y planificar acciones a corto, mediano y largo plazo.


2.3.  Suicidio adolescente: Consolidar la ley N°19.979 “Campaña Nacional de concientización y prevención del suicidio adolescente”. Apoyar y dar seguimiento de las campañas de difusión de la problemática planteada en la ley.


2.4.  Involucramiento: Fomentar la creación de centros de referencia, centros deportivos, de desarrollo de expresión artística en general, de interacción social en los cuales se estimule la actividad social y el involucramiento en actividades solidarias que le den un sentido positivo a la vida.


3.  Conciliar trabajo y familia

3.1.  Certificación: En el marco de la responsabilidad social empresarial, certificar empresas y organizaciones familiarmente responsables, en reconocimiento a su esfuerzo por integrar modelos para la conciliación de la vida laboral y familiar.


3.2.  Premio Nacional: Crear un Premio Nacional a empresas y organizaciones que acrediten haber adoptado importantes medidas en beneficio de la conciliación entre trabajo y familia durante el último año.


3.3.  Flexibilización: Promover la flexibilización de los horarios de trabajo, permitir la compresión de la semana laboral y facilitar el teletrabajo (trabajo desde el hogar) en los casos en que ello sea posible, sobre todo en situaciones de nacimientos prematuros, múltiples o con discapacidades. Mejorar la regulación existente Ley 19.978 y facilitar el acceso al teletrabajo promoviendo el acceso para embarazadas y otras personas que así lo requieran por motivos de movilidad y/o familiares.


3.4.  No discriminación: Realizar acciones concretas, legales y administrativas para enfrentar cualquier tipo de discriminación, puntualmente la de tipo laboral hacia la mujer (mobbing maternal) por el hecho de estar embarazada o ser madre, estimulando su erradicación como práctica con el objetivo de proteger la maternidad desde el punto de vista laboral.


3.5.  Servicios de cuidado infantil: Aquellos empleadores que acrediten contar con servicio de guardería y/o jardín de infantes sin costo para los trabajadores, podrán deducir de sus aportes al BPS el equivalente a 10 BPC por cada niño que tengan en el servicio. Estos servicios de cuidado infantil deberán cumplir con los mismos requisitos que acrediten las instituciones públicas y/o privadas y tendrán la misma supervisión.


4.  Situaciones de violencia

4.1.  Prevención: Reforzar las políticas de prevención de la violencia doméstica y en situaciones de violencia física, psicológica, económica o sexual, en especial a través de la educación, campañas de concientización, del programa “Familias Fuertes” y del combate a las adicciones que afectan el hogar. Promover el respeto intrafamiliar y en especial la protección de las mujeres y los más vulnerables como los niños, los adultos mayores, los enfermos y los discapacitados.


4.2.  Custodia domiciliaria: Respecto al Servicio de Custodia Domiciliaria por Violencia Doméstica, emplear el máximo de dispositivos electrónicos y georreferenciación por redes móviles. Incrementar los medios de las Unidades Especializadas en Violencia Doméstica de la Policía.


4.3.  Modificar la ley 19.580: Modificar la actual ley de “violencia de género”, que, entre otros, viola el principio de presunción de inocencia del acusado y el principio de igualdad ante la ley.


4.4.  Falsas denuncias por violencia doméstica: Es necesaria la tipificación específica de un delito de calumnia y simulación que frene la utilización de la denuncia como último recurso para hacer daño a otra persona. En caso de falsas denuncias se establecerá un castigo con tres a seis meses de prisión.


4.5.  Sanción pecuniaria por violencia doméstica: Estudiar el instituto de la sanción pecuniaria en materia de violencia doméstica para equipararse con la violencia de género. La Ley N°

17.514 sobre violencia doméstica, se aplica únicamente a los hombres, dado que, cuando la víctima se trate de una mujer, es de aplicación la Ley N° 19.580, que establece una sanción pecuniaria cuando el caso es llevado a la vía penal y se obtenga como resultado una sentencia condenatoria.


4.6.  Defensor de oficio: Modificación a la ley 17.514 en materia de defensor de oficio del varón.


5.  Apoyar la economía familiar

5.1.  Aumentar la deducción actual del IRPF por cada hijo: Por gastos de educación, alimentación, vivienda y salud no amparados por el FONASA, de hijos menores de edad a cargo del contribuyente, podrán deducir 40 BPC anuales por cada uno. La deducción se duplicará en caso de hijos mayores o menores, legalmente declarados incapaces, así como aquellos que sufran discapacidades graves, de acuerdo a los criterios que establece el BPS. Idénticas deducciones se aplicarán en caso de personas bajo régimen de tutela y curatela. El monto máximo podrá variar, en caso de gastos extraordinarios en materia de salud. Lo previsto regirá hasta los 18 años de edad de cada hijo, salvo casos de incapacidad.


5.2.  Salario maternal: Implementar un salario maternal para la mujer que al tener su tercer hijo prefiera renunciar a su trabajo y quedarse en el hogar para su mejor crianza, de aplicación para aquellas familias con ingresos inferiores a 10 salarios mínimos nacionales. También estará previsto para madres con hijos con discapacidad grave e irreversible.


6.  Primera infancia

6.1.  CAIF: Extender los CAIF a tiempo completo a todo el país, continuando la buena evolución que han logrado. Apuntar al mejoramiento de la gestión y los mecanismos de evaluación.


6.2.  Acceso a vivienda: Priorizar el acceso a vivienda de familias con menores a cargo en situación de vulnerabilidad (Plan Avanzar, Juntos, entre otros).


6.3.  Alimentación: Asegurar la alimentación los fines de semana, feriados y vacaciones (entre semana los niños se alimentan en Caif y escuelas, no así los fines de semana).


6.4.  Controles de salud: Asegurar el acceso a todos los controles de salud en los dos primeros años de vida. A través de las metas asistenciales en los prestadores privados de salud y el compromiso de ASSE. Seguimiento personalizado y con carácter obligatorio de aquellos recién nacidos que presenten patologías de carácter incapacitantes al momento del alta y/o con un contexto de familias de riesgo socioeconómico y cultural para evitar así mayores complicaciones y que sean incorporados al sistema sanitario en forma permanente sin riesgo de que queden sin seguimientos. A su vez esto permite realizar sus derivaciones en tiempo y forma con los diferentes especialistas.


6.5.  Casas del Desarrollo de la Niñez: Mejorar el acceso a la atención en salud mental desde la primera infancia. Seguir promoviendo el proyecto de las Casas del Desarrollo de la Niñez como unidades asistenciales que concentran dispositivos vinculados a la atención integral en salud de niños y adolescentes, a través de la Unidad de Atención Temprana y la Unidad de Dificultades de Aprendizaje.


7.  Adopciones

7.1 Proceso de adopción: Aumentar la cantidad de técnicos que realizan la valoración a las familias inscriptas. Si se completaran esas vacantes y el trabajo se realizará más rápido, se podría disminuir en un año el largo proceso de adopción que hoy lleva tres.


7.2. Costos jurídicos: Trabajar en un proyecto de ley para disminuir los altos costos jurídicos generados a la familia adoptante en el proceso de adopción.


7.3. Licencia maternal y paternal: Igualar el régimen de licencias especiales por maternidad y paternidad para los padres adoptantes.

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